domingo, 3 de marzo de 2013

LOS BUENOS, LOS MALOS y LA CRIMINOLOGÍA MEDIÁTICA











Justicia lenta no es justicia, dicen en el barrio. El problema de "la inseguridad" es un tema complejo que excede los límites de estas reflexiones, pero podríamos arrimarnos al análisis de lo que sucede con la justicia cuando se tergiversan los conceptos y se olvida la Constitución nacional. La famosa frase "entran por una puerta y salen por la otra" es un invento de la criminología mediática, que ha ganado consenso en las mentes  y los corazones de la población manipulada por las usinas desinformativas y formadoras de opinión. La "mano dura" pretende llevarse puestos los derechos y garantías en nombre de la "seguridad". La justicia siempre es garantista porque la Constitución lo es. Sin garantías viviríamos como cuando los generales Uriburu, Aramburu, Onganía o Videla asaltaron el poder y nos pisotearon los derechos, nos machucaron la vida y masacraron a nuestros mejores hermanos y hermanas.

Como bien dijo la Presidenta Cristina Fernández en su discurso en la Inauguración del 131º periodo de sesiones ordinarias del Congreso nacional: "Hay una manipulación mediática y un hacer la plancha de otros y meter la cabeza como el avestruz para que no se den cuenta que también es bastante injusto; es bastante injusto. Más allá de la protección mediática con la que se cuente, nos gustaría que la misma protección que le dan a ellos los medios, se la dieran ellos a los ciudadanos, como les marca la Constitución".


1

"Lo cierto es que las personas que todos los días caminan por las calles y toman el ómnibus y el subte junto a nosotros, tienen la visión de la cuestión criminal que construyen los medios de comunicación, o sea, que se nutren, o padecen, una criminología mediática", explica Raúl Zaffaroni en su libro: La cuestión Criminal.


"Este ellos dibuja un mundo de nosotros los buenos y ellos los malos, que no deja espacio para la neutralidad, como no lo hay en la guerra. La prudencia no tiene espacio en la criminología mediática, toda tibieza es mostrada como complicidad con el crimen, con el enemigo, porque construye un mundo bipolar y macizo, como el agustiniano en tiempos de la inquisición".


"La criminología mediática asume el discurso de la higiene social: ellos son para la criminología mediática las heces del cuerpo social. Resultaría que este producto normal de descarte debe canalizarse mediante una cloaca, que sería el sistema penal. Ningún operador de éste debería omitir esta reflexión: para esa criminología, nuestra función sería la de limpiadores de heces, y el código penal un reglamento para desaguadores cloacales. Policías, jueces, magistrados, fiscales, catedráticos, penalitas, criminólogos, podríamos todos despojarnos de uniformes y togas e imaginar el atuendo que pretende  ponernos esta criminología que nos amedrenta".



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En Miserias de la criminología mediática, Ricardo Ragendorfer explica la ferocidad con que fue cubierto el accidente protagonizado por  Pablo García:


La primera información acerca de la muerte del vigilador Reinaldo Rodas, cuya bicicleta fue embestida desde atrás por un Peugeot 504 en la madrugada del 17 de febrero, se refería a un conductor anónimo que atravesó 18 kilómetros de la autopista Panamericana, hasta el peaje de Tortuguitas, con el cadáver sobre el capó del vehículo. Y –al parecer– sin darse cuenta de ello. Sólo el carácter tétrico de semejante circunstancia justificaba su despliegue en la prensa. Con el paso de las horas, tal versión cayó en la nada. Pero la espectacularidad del caso se mantuvo al trascender la filiación del automovilista: Pablo García, hijo del periodista Eduardo Aliverti. En ese instante, el accidente en sí fue relegado a un segundo plano para dar paso a la construcción de un ogro público. Un ogro con más de un gramo de alcohol en la sangre, cuya responsabilidad en lo ocurrido también sería extensiva a su progenitor. La criminología mediática no perdona.

También, Ragendorfer rememora un accidente protagonizado por Mauricio Macri con dos niñas ciclistas atropelladas en la madrugada del 5 de marzo de 1999:


A casi 14 años del trágico hecho, la doctora Rodríguez admitió que la causa fue archivada. "No hubo acusación", argumentaría.
–¿Es cierto –como dijo el testigo– que Macri era el que manejaba? –quiso saber Tiempo Argentino.
La respuesta fue:
–El testigo luego se desdijo.
Y la cuestión quedó en la nada.
Ya se sabe que, en algunos casos muy puntuales, la criminología mediática se declara incompetente.




3

El Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos estipula...


1. Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores.

2. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.

3. Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:

a) A ser informada sin demora, en un idioma que comprenda y en forma detallada, de la naturaleza y causas de la acusación formulada contra ella;

b) A disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa y a comunicarse con un defensor de su elección;

c) A ser juzgado sin dilaciones indebidas;

d) A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o ser asistida por un defensor de su elección; a ser informada, si no tuviera defensor, del derecho que le asiste a tenerlo, y, siempre que el interés de la justicia lo exija, a que se le nombre defensor de oficio, gratuitamente, si careciere de medios suficientes para pagarlo;

e) A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo;

f) A ser asistida gratuitamente por un intérprete, si no comprende o no habla el idioma empleado en el tribunal;

g) A no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable.

4. En el procedimiento aplicable a los menores de edad a efectos penales se tendrá en cuenta esta circunstancia y la importancia de estimular su readaptación social.

5. Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley.

6. Cuando una sentencia condenatoria firme haya sido ulteriormente revocada, o el condenado haya sido indultado por haberse producido o descubierto un hecho plenamente probatorio de la comisión de un error judicial, la persona que haya sufrido una pena como resultado de tal sentencia deberá ser indemnizada, conforme a la ley, a menos que se demuestre que le es imputable en todo o en parte el no haberse revelado oportunamente el hecho desconocido.

7. Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país.



4

En las Disposiciones generales para la instrucción del CODIGO PROCESAL PENAL, leemos...


Duración y prórroga

Art. 207. - La instrucción deberá practicarse en el término de cuatro (4) meses a contar de la indagatoria. Si ese término resultare insuficiente, el juez solicitará prórroga a la cámara de apelaciones, la que podrá acordarla hasta por dos (2) meses más, según las causas de la demora y la naturaleza de la investigación.

Sin embargo, en los casos de suma gravedad y de muy difícil investigación, la prórroga otorgada podrá exceder excepcionalmente de dicho plazo.


El CPP es derecho constitucional reglamentado, es la Constitución en acción, sin embargo, eso no sucede si se demora la instrucción por diversos motivos, y no se eleva a juicio oral en tiempo y forma. La prisión preventiva se prolonga y de este modo se esá cometiendo un acto de injusticia. La prisión preventiva sólo se justifica si el acusado pudiera fugarse o si pudiera alterar las pruebas, caso contrario, el juez debe sustentar el principio de inocencia y dejar al acusado en libertad hasta la sentencia definitiva.

Entonces, queda claro que sería una revolución en la justicia acortar los plazos procesales y evitar que las cárceles se llenen de perejiles que ni pueden escaparse (porque no tienen adónde ir), ni pueden manipular las pruebas (porque no tienen medios económicos). Son rehenes de la sociedad que los cosifica, son chivos expiatorios de la criminología mediática, porque los verdaderos delincuentes, los de guante blanco, tienen los medios, y las relaciones para zafar y gozar de impunidad.




5

En Página 12, Horacio Verbitsky exclama que Hay un país, ahí afuera...

"Nunca antes la Justicia (o, dicho en términos terrenales, el Poder Judicial) había sido tema de debate político y cultural en la Argentina y pocas veces lo fue en otros lugares..."

"En el discurso más extenso de su gobierno, Cristina dejó para el final sus propuestas de democratización judicial y anunció el envío de varios proyectos de reforma. Algunos reflejan las propuestas de Justicia Legítima, como el acceso a la carrera por examen, la publicidad en Internet de las declaraciones juradas de todos los jueces y el registro de causas que permita saber al instante dónde y en qué etapa está cada expediente. Esas saludables medidas de transparencia deberían completarse con la siempre postergada ley de acceso a la información pública que obligue a los tres poderes..."

Y finaliza Verbitsky: "El proyecto sobre el que menos se sabe es el de responsabilidad del Estado por hechos ilícitos, ya que circulan dos versiones distintas: la de la Comisión Redactora del Anteproyecto de Código Civil, que permite demandar al Estado como a cualquier particular, y la del ministerio de Justicia, que somete esa responsabilidad a las normas y principios del derecho administrativo. Cualquier norma debería contemplar la reparación integral a las violaciones a los derechos humanos, que para la Corte Interamericana no se limita a una indemnización compensatoria, sino que abarca la restitución al estado anterior de la violación, la rehabilitación, y las medidas para que no se repitan. El proyecto ministerial no es la solución más tranquilizadora para los ciudadanos privados de su libertad, que son víctimas habituales de tales abusos. Tanto los planteos de Justicia Legítima como los de CFK tienden a incidir en la relación institucional entre el poder político y el sistema de Justicia, pero poco dicen sobre la respuesta de la Justicia a los diversos conflictos propios de la exclusión social y la violencia, para que la ética del respeto a los vulnerables no se confunda con la doctrina Tenembaum-Lanata sobre el más débil. El mismo Estado endeble frente a los poderes fácticos es todopoderoso ante las víctimas de Once, Cromañón, la violencia institucional. En este punto, Lorenzetti sí tiene algo para decir. Tal vez pocos pasos bien meditados bastarían para salvar lo que hoy parece un abismo".



El Poder judicial es el más antidemocrático de los 3 que conforman la república. Debemos cambiar la cabeza para que nuestras acciones se modifiquen. Del mismo modo, el Poder judicial fue desde siempre pensado y conformado como el reducto legal para proteger el derecho de los poderosos en detrimento de los intereses de las mayorías. Históricamente, las clases dominantes mientras se proclamaban liberales en lo político se abroquelaban reaccionarias en lo jurídico. Por eso se justificaron los golpes de Estado, las matanzas, fusilamientos, bombardeos, represiones, torturas y desapariciones. Los jueces seguían en sus cargos y juraban por los estatutos golpistas, escupiendo la Constitución nacional.

Estamos en plena batalla cultural, pero apenas en las primeras escaramuzas de una larga lista de conflictos por resolver. Los poderes fácticos siguen esmerilando a la democracia, a los gobiernos, a los jueces honestos, al poder popular y confundiendo a la población. Sistemáticamente aplican esfuerzos para desestabilizar el proyecto nacional iniciado en 2003. Nos construyen la agenda, nos manipulan los problemas a resolver, nos hacen trampa, nos cambian las reglas de juego y nos ponen zancadillas.  Sólo enfrentándolos con inteligencia y perseverancia lograremos develar las soluciones para democratizar la justicia y hacer más justa a la democracia. Todavía seguimos durmiendo con el enemigo.



Daniel
Mancuso



1 comentario:

H.M. dijo...

La visión del común de los ciudadanos sobre cualquier tema es “construcción mediática”. Basta ver los “argumentos” con que justifican sus posiciones.

En cuanto a la “criminología mediática”, se declara incompetente cuando el acusado pertenece a sus propias filas, las del poder... Como Pablo García, por cuestión genética, “seguro” no tiene contactos ideológicos con el poder, se puede “pegar” a diestra y siniestra... A él, a su padre (blanco perfecto, periodista que apoya críticamente al gobierno)... y, ya que estamos, al Gobierno Nacional por tener semejantes monstruos apoyándolo...
Lo terrible fue no sólo la cobertura, sino el verificar, no sólo a nivel piel, sino a “nivel ojos”, a nivel intelectual, como esa construcción “prendió” en personas inimaginables... Triste, muy triste, oír o leer comentarios donde sólo se hacían eco de la versión mediática desestimando cualquier “atenuante” como “ciclista en autopista” o “custodio, que otros custodios hacían la vista gorda cuando lo veían circular” o “falta de lugares seguros por donde pueda circular un ciclista” lo que llevaría a “¿por qué al construir las autopistas no se hicieron caminos alternativos? ¿y la libertad de circular por todo el territorio argentimo?”

No debemos olvidar que “La Justicia” además de ser aplicada por jueces de todo tipo, se basa en leyes que en su gran mayoría fueron dictadas y/o modificadas por dictaduras... ¿Cómo no van a estar las cárceles llenas de perejiles? (y pobres)

Sí Mancuso, todavía seguimos durmiendo con el enemigo... Pero con esperanzas que algo se modifique porque nuestra Presi es una leona que está dispuesta a lograrlo... Nosotros, debemos estar dispuestos a acompañarla.

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